Los ciudadanos cubanos siguen enfrentando importantes restricciones para viajar a Estados Unidos, pero no todos están afectados de la misma manera. Algunas visas continúan suspendidas, mientras que los residentes permanentes, ciertos ciudadanos con doble nacionalidad y quienes ya tenían una visa válida pueden acogerse a excepciones. Conocer las reglas es fundamental para evitar gastos y trámites innecesarios.
La principal restricción está recogida en la Proclamación Presidencial 10998, firmada en diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero de 2026. La medida limita la emisión de determinadas visas y la entrada a Estados Unidos de ciudadanos cubanos que cumplen las condiciones establecidas en la normativa.
¿Qué visas siguen suspendidas?: Las restricciones afectan a las visas B-1 y B-2, utilizadas para viajes de negocios, turismo y visitas familiares; a las B-1/B-2, que combinan ambos propósitos; y a las categorías F, M y J, destinadas a estudios académicos, formación profesional e intercambios.
También están afectadas numerosas visas de inmigrante, incluidas las utilizadas para solicitar la residencia permanente mediante procesos consulares.
¿Quiénes pueden viajar todavía?
Los cubanos con residencia permanente estadounidense, conocida como green card, están exceptuados de esta proclamación. También pueden acogerse a determinadas excepciones quienes tenían una visa válida antes de la entrada en vigor de la medida, siempre que cumplan las condiciones aplicables y el documento siga vigente.
Los ciudadanos cubanos que tengan otra nacionalidad también podrían viajar utilizando el pasaporte válido de un país no incluido en las restricciones, si reúnen los demás requisitos de entrada.
Existen, además, excepciones para determinadas personas con funciones diplomáticas, participantes en importantes competiciones deportivas internacionales y casos autorizados por razones de interés nacional.
¿Qué pasa con la reunificación familiar?
Tener un esposo, padre o hijo ciudadano estadounidense no elimina automáticamente las restricciones. Algunas visas familiares, como las destinadas a cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses, también pueden quedar suspendidas.
Una petición familiar aprobada tampoco garantiza que el solicitante pueda recibir la visa.
¿Se puede solicitar una visa o acudir a una entrevista?
Sí. Presentar una solicitud o asistir a una entrevista no significa que la visa vaya a ser aprobada. Cada caso depende de la categoría solicitada y de las excepciones aplicables.
Antes de pagar trámites o comprar billetes, los interesados deben consultar la información oficial del Departamento de Estado de EE.UU. y comprobar su situación particular. Las restricciones pueden cambiar y una excepción no garantiza automáticamente la entrada al país.
Fuente: Travel.State.Gov
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