Pide juicio “por la verdad” cubana que acusó a Maradona tras relación cuando era menor de edad

Redacción de CubitaNOW ~ miércoles 29 de marzo de 2023

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Los abogados querellantes de la cubana Mavys Álvarez, quien acusó de abuso sexual al fallecido astro del fútbol Diego Armando Maradona por hechos cometidos cuando ella era menor de edad, presentaron ante tribunales argentinos una petición de un “juicio a la verdad” con el propósito de esclarecer el caso.

La defensa, a cargo de los abogados Gastón Marano y Marcela Scotti, pretende que las Justicia declare solo si los acusados son culpables o inocentes de los hechos que se le imputan. Es decir, sería un proceso a realizarse con el mismo rigor que un juicio común, pero con la diferencia de que los acusados no recibirán una pena si fuesen declarados culpables.

El proceso se limitaría a resarcir a la víctima mediante la verdad de sus acusaciones. Según el portal Infobae, el proceso tendría como precedente en la justicia del país sudamericano el caso de Lucas Benvenuto, similar al de Álvarez. En el mismo, Benvenuto denunció por presunto abuso sexual al conductor y músico Jey Mammon, con una relación que habría comenzado cuando Benvenuto tenía 14 años y Mammon, 32.

El derecho a un juicio a la verdad fue concedido por los tribunales argentinos luego de que la Sala III de la Cámara Criminal y Correccional porteña lo otorgara en 2018, en el caso de la violación de un menor de 12 años. De igual modo, lo hizo la Sala I de la Cámara marplatense en un expediente que data de 2021, donde se denuncian supuestos abusos ocurridos 25 años atrás.

A mediados de 2021, Mavys Álvarez acudió a la justicia argentina para denunciar los hechos vividos más de 20 años antes con Diego Maradona y su entorno. Entonces aseguró haber sido corrompida por el astro del fútbol durante su estancia en la isla, cuando ella tenía 16 años.

Más tarde Álvarez viajó a Argentina con la presunta colaboración del entorno más inmediato de Maradona y de funcionarios migratorios. En Buenos Aires —expuso— un cirujano local le practicó una cirugía de implantes mamarios a petición del futbolista.

Entre las pruebas, Álvarez presentó cartas donde Maradona le manifestaba su “amor”, así como fotos donde aparecía en situaciones íntimas con el deportista. También mostró imágenes de un encuentro de ambos con el fallecido dictador Fidel Castro, quien mantuvo una relación cercana con Maradona.

Las denuncias de Álvarez presentaban una serie de delitos como reducción a la servidumbre, trata de personas agravada, incumplimiento de los deberes de funcionario público y/o cohecho, privación ilegal de la libertad, suministro de drogas a una menor de edad, ejercicio Ilegal de la medicina, lesiones y corrupción de menores.

Sin embargo, los acusados Carlos Ferro Viera y Gabriel Buono fueron sobreseídos, primero por un dictamen del fiscal Carlos Rívolo, mientras que, en el caso de Omar Suárez, desestimaron las acusaciones por falta de pruebas.

En abril de 2022, finalmente la Sala II de la Cámara Federal emitió la decisión y dejó sin efecto la acción penal, considerando la prescripción del delito, por el tiempo en que habrían ocurrido los hechos. El juzgado Criminal y Correccional Federal 6 decidió archivar la denuncia.

“No se refleja ninguna acción al día de hoy reprochable penalmente”, argumentó el juzgado al descartar que hubiera un caso de trata de persona, por no estimarla como una relación “con fines de explotación sexual”. También agregó que hay “obstáculos procesales” para juzgar a Maradona, que falleció el 25 de noviembre de 2020.

“Los hechos habrían sido realizados principalmente por Diego Armando Maradona con la participación secundaria del resto de sus colaboradores entre el 9 de noviembre de 2001 y el 19 de enero de 2002, conforme los registros de ingreso y egreso a nuestro país de la nombrada”, señalaba la resolución.

“En razón de ello, existen obstáculos procesales que impiden llevar adelante la investigación y el juzgamiento de los hechos, dado que, con respecto a la autoría del señor Diego Armando Maradona, es de público conocimiento el fallecimiento ocurrido por lo que cualquier acción penal en su contra se encuentra extinta”, agregó. 


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