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Aquí los cubanos que no podrán salir del país con la nueva Ley de Migración

Redacción de CubitaNOW ~ domingo 11 de octubre de 2026

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Cuba aplicará a partir del 1 de noviembre un nuevo marco migratorio que contempla 11 supuestos en los que las autoridades pueden impedir la salida del país. La Ley 171/2024 y su Reglamento establecen restricciones relacionadas con procesos judiciales, obligaciones militares, seguridad nacional, determinadas funciones laborales y otras circunstancias previstas legalmente. Los cubanos que planeen viajar deberán comprobar si están sujetos a alguna de estas limitaciones antes de comprar un pasaje.

La entrada en vigor de la nueva Ley de Migración de Cuba introduce cambios en las condiciones que regulan la salida y entrada al territorio nacional. Aunque la reforma no establece un permiso de salida obligatorio para todos los ciudadanos, sí contempla situaciones en las que una persona puede necesitar una autorización especial o quedar impedida de viajar.

La Ley 171/2024 y el Decreto 136/2025, que contiene su Reglamento, fueron publicados en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. El nuevo marco legal comenzará a aplicarse el 1 de noviembre de 2026.

Entre los ciudadanos que podrían tener restricciones figuran quienes estén sometidos a procesos judiciales con medidas cautelares de prohibición de salida, las personas con determinadas sanciones penales pendientes y quienes estén sujetos a las disposiciones del Servicio Militar.

También pueden verse afectados ciudadanos cuya salida esté limitada por razones de Defensa y Seguridad Nacional, personas con obligaciones estatales o responsabilidades civiles cuando exista una restricción expresa, y trabajadores sujetos a regulaciones especiales para proteger la fuerza laboral calificada.

La normativa incluye, además, a quienes no dispongan de las autorizaciones exigidas para proteger información oficial, a menores que no cuenten con el consentimiento legal correspondiente y a personas cuya salida se limite por razones de interés público. Asimismo, contempla determinadas funciones de control y fiscalización y el incumplimiento de requisitos establecidos en la legislación migratoria.

Esto no significa que todos los médicos, científicos, técnicos o trabajadores del sector estatal tengan prohibido viajar sin autorización. La aplicación de restricciones laborales depende de las disposiciones específicas que correspondan a cada persona.

La normativa contempla la posibilidad de solicitar información personal sobre una limitación de salida ante la Dirección de Identificación, Migración, Extranjería y Ciudadanía (DIMEC), según el artículo 258 del Reglamento.

Por eso, quienes tengan dudas relacionadas con procesos judiciales, obligaciones militares o regulaciones laborales específicas deberían consultar su situación antes de adquirir un boleto. Contar con un pasaporte vigente no garantiza que la persona pueda salir del país si existe una restricción legal aplicable.

La ley también contempla circunstancias excepcionales en las que se puede limitar la entrada de ciudadanos cubanos al territorio nacional por razones de defensa, seguridad, orden interior, emergencias sanitarias y otras causas previstas en la norma.

Otro cambio se refiere a la residencia efectiva migratoria. Permanecer más de 24 meses fuera de Cuba deja de ser, por sí solo, el criterio automático para perder la residencia cubana en los términos del régimen anterior.

En definitiva, la nueva legislación no establece una prohibición general de viajar para todos los cubanos. Las limitaciones dependen de las circunstancias individuales y de las disposiciones legales aplicables, por lo que es importante revisar el texto oficial antes de tomar decisiones de viaje.

Fuente: Gaceta Oficial(para consultar la Ley 171/2024 y el Decreto 136/2025)


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