Cuba establece regulación para comercio electrónico con pagos desde el exterior en divisas
Redacción de CubitaNOW ~ viernes 27 de febrero de 2026
El Gobierno cubano publicó el 25 de febrero en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 32 el Acuerdo 10216/2025, que establece nuevas normas para regular las operaciones de comercio electrónico en las que los pagos se realicen en moneda extranjera o desde el exterior. La normativa, aprobada el 27 de agosto de 2025, entrará en vigor 60 días después de su publicación y aplica a personas naturales, mipymes, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y plataformas tecnológicas que gestionen ventas hacia Cuba con ingresos en dólares u otras divisas.
El Acuerdo confiere al Banco Central de Cuba (BCC) un papel central como regulador, encargándose de autorizar quién puede recibir pagos desde el exterior y de establecer los lineamientos aplicables a las pasarelas internacionales. Además, estipula que los ingresos provenientes del comercio electrónico deberán canalizarse principalmente a cuentas bancarias nacionales o a mecanismos financieros vinculados al país. No se permitirá que estas operaciones se gestionen libremente fuera del sistema bancario cubano, y los tributos asociados deberán pagarse en divisas, no en pesos cubanos (CUP).
Los vendedores tendrán que inscribirse o actualizar su actividad en el Registro Central Comercial, registrar las plataformas ante el Ministerio de Comunicaciones y cumplir con las obligaciones fiscales ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). También deberán garantizar la protección al consumidor, cumplir las normas de ciberseguridad y proporcionar información estadística a las autoridades.
Una disposición importante prohíbe vender bienes a entidades extranjeras para que estas los comercialicen luego a destinatarios en Cuba mediante pagos desde el exterior, lo que podría afectar modelos de negocio basados en ventas internacionales con entrega en territorio nacional. Los operadores que ya estén activos contarán con 30 días adicionales para adaptarse una vez que el BCC publique las regulaciones complementarias.
Aunque la medida no introduce el comercio electrónico en divisas —práctica ya existente—, sí formaliza la actividad bajo supervisión fiscal y financiera más estricta. El control del flujo de divisas y la canalización obligatoria hacia bancos cubanos representa un cambio significativo en el marco regulatorio del sector.
El Acuerdo también genera posibles tensiones legales para empresas estadounidenses, ya que las normas de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) prohíben realizar transacciones que beneficien al gobierno cubano. La implementación práctica dependerá de las disposiciones complementarias del BCC y de la capacidad de adaptación de las plataformas con pagos desde el exterior.