Cuba vive en “estado de emergencia” que el Gobierno evita reconocer
Redacción de CubitaNOW ~ viernes 21 de noviembre de 2025
Aunque la Constitución de 2019 y la Ley de la Defensa Nacional (Ley No. 75 de 1994) contemplan la figura del estado de emergencia en Cuba, el Gobierno nunca ha hecho uso formal de ella. Ni durante la crisis de Covid-19, ni ante la actual epidemia de arbovirus, ni frente al colapso económico, ni siquiera tras el devastador paso del huracán Melissa por el oriente del país. Pese a cumplir todas las condiciones para su aplicación, esta herramienta legal permanece sin activar.
Según el Artículo 128, inciso k, de la Carta Magna, el presidente puede declarar el estado de emergencia o la situación de desastre, pero la Constitución no fija límites temporales ni materiales, ni establece mecanismos claros de control. Esto otorga al Ejecutivo un margen amplísimo para restringir derechos y centralizar decisiones sin supervisión de la Asamblea Nacional ni posibilidad de revisión judicial.
La Ley 75 señala que la medida puede adoptarse ante “desastres naturales, catástrofes u otras circunstancias que afecten el orden interior o la estabilidad del Estado”, autorizando la movilización de la población y de recursos públicos y privados bajo control del Consejo de Defensa Nacional, un órgano de dirección militar que asume el poder total en situaciones excepcionales.
En la práctica, la declaración formal permitiría al régimen suspender libertades fundamentales —movimiento, reunión, expresión— y requisar bienes o recursos para gestionar la crisis. El problema: el marco legal cubano carece de salvaguardas democráticas y derechos inderogables, contraviniendo estándares del Derecho Internacional.
No obstante, declarar oficialmente un estado de emergencia obligaría al Gobierno a actuar con transparencia, a rendir cuentas sobre la administración de recursos y a justificar cada uso de donaciones, cada envío humanitario y cada movimiento presupuestario. Y esa exigencia choca frontalmente con un sistema construido sobre la opacidad, la discrecionalidad y la ausencia de auditoría pública.
Mantener la crisis en un limbo jurídico, sin reconocerla como situación excepcional, facilita el desvío de recursos, el manejo arbitrario de las ayudas y la consolidación de redes internas de corrupción. La falta de controles permite que autoridades civiles y militares gestionen a su antojo donaciones internacionales, prioricen sectores afines y mantengan fuera del escrutinio social la distribución real de alimentos, materiales o fondos de emergencia. Todo esto sería inviable bajo una emergencia formal.
Para la abogada Maylin Fernández Suris, experta legal de DIARIO DE CUBA, “no es que la Isla tenga las condiciones para decretar un estado de emergencia, es que lo necesita”. Esta figura permitiría redirigir recursos actualmente destinados al turismo o a las Fuerzas Armadas hacia la atención de miles de familias en vulnerabilidad extrema.
“El estado de emergencia permite derivar fondos y esfuerzos para atender esas necesidades y no seguir esperando migajas del Gobierno”, afirma Fernández.
El Gobierno cubano enfrenta así un dilema político y legal: si declara la emergencia, reconoce el colapso y acepta supervisión; si no lo hace, sigue actuando con discrecionalidad absoluta, en un régimen de excepción de facto, sin garantías para la población.
“Los diputados de la Asamblea Nacional deberían proponer y exigir la declaración del estado de emergencia. No hacerlo los hace responsables del desastre”, advierte la abogada. En un futuro proceso de justicia transicional, añade, los legisladores de hoy podrían tener que responder por incumplir su deber de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos.